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Unanimidad en el Senado por la Accesibilidad Cognitiva

En el día de ayer se votó por unanimidad en el Senado de España una Proposición de Ley para reformar parte de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social. La propuesta, presentada por Ciudadanos, busca adecuar la normativa actual para el desarrollo de la accesibilidad universal, incluyendo como parte fundamental la accesibilidad cognitiva, para eliminar barreras en la comunicación y en la orientación de los espacios físicos.

El Real Decreto Legislativo 1/2013, la Ley ya citada, comienza diciendo que el objeto de la Ley es:

“Garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades y de trato, así como el ejercicio real y efectivo de derechos por parte de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones respecto del resto de ciudadanos y ciudadanas, a través de la promoción de la autonomía personal, de la accesibilidad universal, del acceso al empleo, de la inclusión en la comunidad y la vida independiente y de la erradicación de toda forma de discriminación”, conforme a la Constitución y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Por eso es muy importante tener en cuenta la modificación que se produce en el artículo segundo, donde se establecen las definiciones relevantes para la Ley. Esta modificación pretende introducir dos conceptos nuevos para la legislación española: accesibilidad cognitiva y lectura fácil. Es decir, hasta ahora, cuando se hablaba de accesibilidad universal, realmente no estaba siendo universal. Ciertamente hay elementos de la accesibilidad cognitiva que se han introducido en algunas normas, cuando se habla de “fácil de entender”, “lenguaje claro y comprensible”, pero hasta esta propuesta no se establece un marco que permita desarrollar transversalmente es política.

La definición de accesibilidad cognitiva permite abordar de forma integral la limitaciones ya que aplica “a los entornos, procesos, actividades, bienes, productos, servicios, objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos que permiten la fácil compresión y la comunicación”. Nos gusta especialmente que la definición de lectura fácil trasciende a las discapacidades para “hacer accesible la información a las personas con dificultades de compresión lectora”, que como sabemos es una dificultad al margen de la discapacidad que tenga o no una persona.

Respecto al ámbito de actuación, si la ley que viene a modificar incluía todos los sectores de la vida (telecomunicaciones, bienes y servicios, justicia, empleo, etc), ahora pretende garantizar la accesibilidad cognitiva también en los ámbitos que enumera el artículo 5.

Dentro del artículo 23, dentro del capítulo V sobre el “derecho a la vida independiente”, que desarrolla “medidas concretas para prevenir o suprimir discriminaciones, y para compensar desventajas o dificultades” de las personas con discapacidad, viene a incluir dentro de los apoyos complementarios, la “lectura fácil y los pictogramas”, junto a otros métodos que ya recogía la Ley. Esto sin duda es un avance clave ya que pone al mismo nivel estos métodos junto al braille, la lengua de signos o el apoyo de un animal, sin duda métodos consolidados y que podemos ver a nuestro alrededor en algún momento, aunque no sea suficiente la situación actual.

Puede ser algo hermoso para la accesibilidad universal ver un espacio 100% accesible, con el espacio adaptado para personas que asistan en silla de ruedas, personas sordas con servicio de lengua de signos, cartelería en lectura fácil y braille, pictogramas para señalizar el espacio y, por qué no, diseñando comunicaciones orales para que las personas con distintas capacidades cognitivas puedan comprender sin barrera alguna. Ésta sería la consecuencia de la introducción del artículo 29bis, sobre las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva, cuando habla de “asegurar el acceso y la interacción a todos los entornos, productos, bienes y servicios, asó como a los procesos y procedimientos”.

Todavía hay que andar parte del camino, ahora el documento va hacia el Congreso de los Diputados, esperemos que parte del “manoseo” sea democráticamente sano y permita, en todo caso, mejorar esta propuesta por parte de los distintos partidos. Esta propuesta dibuja un horizonte cercano, 4 de diciembre del 2022, como plazos máximos de exigibilidad de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva. En tiempos políticos, casi como en la vida, es un suspiro. Poco más de 2 años para implementar la accesibilidad cognitiva en nuestro país, en todos los ámbitos que establece la norma.
En el camino nos encontraremos, por cada persona que necesite de la accesibilidad cognitiva para desarrollar una vida plena e independiente.